Noticias

Bachillerato no presencial

ARTÍCULO 2.3.3.1.2.3. El servicio de educación básica. Todos los residentes en el país sin discriminación alguna recibirán como mínimo un año

de educación preescolar y nueve años de educación básica que se podrán cursar directamente en establecimientos educativos de carácter estatal, privado, comunitario, cooperativo solidario o sin ánimo de lucro.

También podrá recibirse, sin sujeción a grados y de manera no necesariamente presencial, por la población adulta o las personas que se

encuentren en condiciones excepcionales debido a su condición personal o social, haciendo uso del Sistema Nacional de Educación masiva y las

disposiciones que sobre validaciones se promulguen. En cualquier circunstancia, cuando desaparezcan tales condiciones o hayan sido superadas

razonablemente, estas personas, si se encuentran en la edad entre los cinco y los quince años, deberán incorporarse al grado de la educación

formal que se determine por los resultados de las pruebas de validación de estudios previstos en el artículo 52 de la Ley 115 de 1994.

(Decreto 1860 de 1994, artículo 4).

Entrega de boletines estudiantiles
Participación de nuestra institución en el Festival Intercolegiados
Semana de receso escolar
Actividades escolares

Se realizó en el día de la Niñez y la Adolescencia una Jornada Especial en la cual los estudiantes primero realizaron un taller con cada uno de los Directores de Grupo, con las Guías de Ministerio de Educación Nacional y se cerró con una Bailoterapia en la cual estuvieron todos los estudiantes de los ciclos.

WhatsApp Image 2022-09-16 at 1.47.26 PM
WhatsApp Image 2022-09-16 at 1.47.28 PM